Cese de Convivencia – Qué es, para qué sirve y dónde lo consigo

¿Sabías que si una pareja no lleva viviendo separada una cierta cantidad de tiempo entonces NO puede divorciarse? Lo que acabamos de mencionar es clave para cualquier divorcio y muchas veces fallan por eso: porque no acreditan ante la Ley que están separados (viviendo en lugares distintos).

¿Qué se puede hacer para solucionarlo? Comprobar a través de un documento llamado cese de convivencia que ya no viven juntos. Atentos a este artículo porque les explicaremos TODO lo que deben saber sobre este documento clave y necesario para poder llevar a cabo un divorcio.

¿Qué es el cese de convivencia?

Partamos por lo más básico. El cese de convivencia es un documento legal que indica que la pareja (que el matrimonio) ya no vive junto (viven separados) e indica también la fecha en que ambos dejaron de vivir juntos.

¿Por qué necesito el cese de convivencia?

El cese de convivencia es fundamental, ya que es una de las pruebas necesarias (no la única) para llevar a cabo el divorcio unilateral y el divorcio de común acuerdo.

¿Cómo se relaciona el cese de convivencia y el divorcio?

Como todo trámite en Chile, la Ley pone ciertas reglas que se deben cumplir. En el caso del divorcio, la Ley dice que si te casaste después del año 2005 necesitas llevar separado (viviendo separados, sin convivencia y sin relación) una cierta cantidad de tiempo.

Si te casaste antes del 2005 la ley no exige este Cese de Convivencia.

¿Cómo se comprueba esta separación de hecho? Con el documento legal Cese de Convivencia (aunque también hay otras formas que veremos más adelante en este artículo).

Si vas a divorciarte con el Cese de Convivencia entonces hay que distinguir entre 2 tipos de divorcio:

  • Divorcio de común acuerdo: Aquí el cese de convivencia debe indicar que llevan 1 año o más tiempo viviendo alejados
  • Divorcio unilateral: Aquí el cese de convivencia debe indicar que llevan 3 años o más tiempo sin vivir juntos

Tipos de Cese de Convivencia

Como dijimos en el párrafo anterior, el Cese de Convivencia es un documento necesario para divorciarse, ya sea de común acuerdo o de forma unilateral. Bien, dependiendo del tipo de divorcio, habrá que pedir también un documento de cese convivencia distinto (uno para cada uno).

  • Cese de convivencia de común acuerdo: este documento sólo hay que pedirlo si la pareja se divorciará a través del divorcio de común acuerdo.
  • Cese de convivencia unilateral: este documento entrará en juego sólo si la pareja (el matrimonio) piensa divorciarse de forma unilateral

¿Dónde consigo el cese de convivencia?

El cese de convivencia se consigue en el registro civil de Chile, y el trámite dependerá el tipo de cese de convivencia que necesites solicitar. Lo explicamos en detalle a continuación.

Cese de convivencia de común acuerdo

Si necesitas el cese de convivencia de común acuerdo (te divorciarás de común acuerdo), entonces debes ir junto a tu pareja al Registro Civil más cercano a tu comuna y solicitar un acta por Cese de Convivencia. En el registro civil les pedirán los siguientes documentos:

  • Carné de identidad
  • Tu dirección actual
  • Dirección actual de tu cónyuge

Con esto listo imprimirán el documento y te lo entregarán. ¡Ya tienes el cese de convivencia en tu poder!

Es fundamental que si van a solicitar el cese de convivencia de mutuo acuerdo, vayan sí o sí con su mujer o marido. No podrán solicitarlo si van solos.

Cese de convivencia unilateral

Pasamos al segundo tipo de documento. Si se van a divorciar de forma unilateral, entonces el marido o mujer que solicitará el divorcio será quien debe acercarse al registro civil para pedir el documento. El proceso es el mismo. La persona va al registro civil más cercano a su comuna, solicita el acta y le pedirán los mismos documentos:

  • Carné de identidad
  • Tu dirección actual
  • Dirección actual de tu cónyuge

¿Eso es todo? ¡No! Ahora viene un punto muy importante y que deben tener muy claro. Una vez solicitado el cese de convivencia unilateral, la persona que lo pidió deberá acercarse a los tribunales de familia (el más cercano a su comuna) y pedir ahí con el cese de convivencia en mano que le informen al cónyuge correspondiente que se pidió este documento.

Los tribunales se harán cargo de enviar a un receptor judicial para que lleve la carta al domicilio del cónyuge y le informen del caso.

¿Qué ocurre si no encuentran al cónyuge?

No se preocupen, si el receptor judicial no encuentra al cónyuge, publicará una actualización del caso en el diario oficial de Chile y se dará por informado. Con esto listo ya pueden continuar con los siguientes pasos para divorciarse.

¿Cuánto cuesta el cese de convivencia?

El trámite tiene un costo de $650. Ya sea para pedir el cese de convivencia de común acuerdo o unilateral, siempre te cobrarán $650 en el registro civil.

¿Puedo solicitar el cese de convivencia online?

No, lamentablemente no se puede. Lo único que se puede obtener de forma online es el documento de cese de convivencia, pero una vez que ya fue solicitado de forma presencial.

¿Qué quiere decir lo anterior? Que sí o sí hay que solicitarlo de forma presente en el registro civil, pero si se me llega a perder el documento que me dieron, puedo volver a imprimirlo y obtenerlo de forma online.

¿Cómo pedir el cese de convivencia online?

Si quieres solicitar el cese de convivencia por internet, primero deberás tener tu clave única. ¿Qué es la clave única? Una clave que te entregan en el Registro Civil (de forma presencial) y que te permite realizar trámites y obtener documentos de forma online.

Con tu clave única en tu poder debes ingresar al siguiente sitio (sitio oficial del Registro Civil):

Una vez en el sitio deberás ingresar tu RUT, tu clave única y luego presionar el botón “solicitar Cese de Convivencia”. Con eso listo ya tendrás el documento y podrás continuar con los trámites del divorcio.

Recuerda que para poder obtenerlo, deberás haber ido antes de forma presencial a pedir el acta que indica que dejaron de vivir juntos.

¿Cuándo comienza a correr el tiempo del cese de convivencia?

Este punto es clave. ¿Recuerdan que dijimos que la pareja debía llevar un tiempo determinado sin vivir juntos para poder divorciarse? Bien, este tiempo se mide desde que se solicita el documento de Cese de Convivencia. Aquí los tiempos cambian según el documento solicitado.

  • Cese de convivencia de común acuerdo: El tiempo comienza a correr desde que ambos conyuges (marido y mujer) se acercaron al registro civil para pedir el documento.
  • Cese de convivencia unilateral: El tiempo comienza a correr desde que la persona que solicitó el documento se acercó a tribunales a pedir que le informarán al cónyuge.

Revisemos dos ejemplos para que se entiendan mejor estos puntos.

La Ley dice que para divorciarme de mutuo acuerdo necesito llevar por lo menos 1 año viviendo separado de mi marido o mujer. ¿Cómo compruebo que llevo separado 1 año o más? Con el documento de cese de convivencia. ¿Cuándo comienza a correr el tiempo? Apenas voy al registro civil a pedir el documento.

Otro ejemplo: La Ley dice que para divorciarme de forma unilateral necesito llevar por lo menos 3 años viviendo separado de mi marido o mujer. ¿Cómo compruebo que llevo separado 3 años o más? Con el documento de cese de convivencia. ¿Cuándo comienza a correr el tiempo? Apenas voy a tribunales a solicitar que le informen a mi cónyuge que ya pedí el documento.

De lo anterior sólo queremos recalcar que es MUY IMPORTANTE ir lo antes posible a pedir el cese de convivencia, ojalá el mismo día, semana o mes que la pareja dejó de vivir junta.

¿El Cese de Convivencia es retroactivo?

No, lamentablemente el cese de convivencia NO es retroactivo. ¿Qué quiere decir lo anterior? Que si el matrimonio lleva un tiempo viviendo separado, pero no ha realizado el trámite de Cese de Convivencia, entonces todo ese tiempo no contará. El Cese de convivencia comienza a contar cuando se solicita en el registro civil, y todo el tiempo que ha pasado y que no se ha realizado, es tiempo perdido, que no existe frente a los ojos del juez.

¡De lo anterior se desprende que es clave realizar el trámite de cese de convivencia apenas la pareja deje de vivir junta! Veamos un ejemplo:

Yo Juan Andrés dejé de vivir con mi mujer hace 1 año, pero recién hoy voy al registro civil a solicitar el documento (cese de convivencia). ¿Qué pasa con el año que estuvimos separados pero que no hicimos el cese de convivencia? Es tiempo perdido y no se contará en los requisitos que establece el divorcio.

¿Qué hacer si nunca pedí el cese de convivencia?

Si nunca realizaron el cese de convivencia aún así pueden divorciarse. ¿Cómo es esto? Todos (o la mayoría) de los abogados les dirán que si se casaron después del 2005, entonces necesitarán sí o sí el cese de convivencia, pero estos abogados se olvidan de algo: La libertad probatoria.

¿Qué es la libertad probatoria? En Derecho de Familia (temas relacionados al divorcio, pensión de alimentos, tuición de los hijos, etcétera), la Ley dice que existe libertad de pruebas para comprobar un hecho. ¿Qué significa esto? Que no te pueden exigir una sola forma de que pruebes por ejemplo que están separados (que no viven juntos). Siendo así, da píe a que tu abogado pruebe a través de otros métodos que ya no viven juntos y que por lo tanto cumplen los requisitos para divorciarse.

Métodos alternativos al cese de convivencia

Como dijimos en el punto anterior, en el derecho de familia existe libertad probatoria, así que si no tienes el cese de convivencia podrías demostrar la separación a través de otros documentos. Pero ¿qué documentos sirven?

Los más seguros serían documentos legales relacionados al derecho de familia. Si tienes por ejemplo una demanda por pensión de alimentos o un acuerdo completo y suficiente (acuerdo que regula los temas de cuidado y tuición de los padres a los hijos), entonces es muy probable que se acepte el divorcio. Estos documentos tienen que tener fecha de emisión o recepción superior a uno o tres años según el tipo de divorcio.

Otros documentos podrían ser cuentas (luz, agua, teléfono, etcétera) con los domicilios de ambos padres o también testigos que acrediten que viven separados desde hace más de uno o tres años. Este tipo de pruebas son menos seguras y podrían ser rechazadas por el juez.

¿Este método (libertad probatoria) es 100% seguro?

Sí y no. En una primera instancia el juez del divorcio que tome tu caso puede rechazar esta libertad y negar el divorcio por no tener el cese de convivencia, pero se puede apelar en la Corte Suprema y ahí lo más probable es que te concedan el divorcio (tomará más tiempo, pero menos que esperar los plazos para el divorcio).

¿Cuándo conviene arriesgarse con este método?

Nosotros lo recomendamos sólo cuando el divorcio es de suma urgencia y no hay tiempo para esperar el año (divorcio de mutuo acuerdo) o los 3 años (divorcio unilateral) que te piden que lleves separado.

En definitiva, si nunca pediste el cese de convivencia y aún así quieres divorciarte tienes 2 opciones:

  • Lo primero sería acercarte cuanto antes al registro civil para solicitar el documento. Más vale tarde que nunca, así que les recomendamos ir ya a pedir el acta.
  • El segundo punto (no dejen de hacer el primero), es seguir con los trámites de divorcio y comprobar de otras formas que llevan separados el tiempo que necesitan para divorciarse.

¿Qué hacer si me casé antes de 2005?

¡Ojo con este punto! Si la pareja se casó antes del 2005, la Ley no exige el cese de convivencia para poder divorciarse, pero SÍ exige que la pareja lleve separada el mismo periodo de tiempo (1 año para el divorcio de común acuerdo y 3 años para el divorcio unilateral).

¿Cómo se comprueba que viven separados si la Ley no exige el cese de convivencia?

Se recurren a los mismos puntos antes mencionados: la pareja debe acreditar a través de testigos, contratos de arrendamiento, pago de servicios básicos y cualquier otra prueba que demuestre que dejaron de vivir juntos y que ha pasado el tiempo legal para divorciarse.

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